Etiquetado frontal.

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Los envases de alimentos y bebidas de grandes cadenas alimenticias deberán aparecer con el etiquetado frontal a partir del 20 de agosto, según confirmó el Ministerio de Salud.

De acuerdo al cronograma previsto por la ley aprobada en el Congreso, los alimentos y bebidas elaborados luego de esa fecha deberán contar con el etiquetado frontal en caso de que corresponda.

Para empresas pequeñas y medianas el plazo de tiempo para adaptarse es hasta el 20 de febrero de 2023. El Ministerio de Salud informó que aprobó el 35% de las solicitudes de prórroga en la implementación de los sellos de advertencia.

La ley aprobada en octubre de 2021 establece que los alimentos y bebidas con nutrientes críticos y valor energéticos superiores a los valores establecidos deben incluir en la cara principal un sello de advertencia por cada nutriente en exceso según corresponda: exceso en azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales o calorías.

En la página de la ANMAT está publicado el Sistema de Sellos y Advertencias con recursos para la implementación del etiquetado nutricional frontal.